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Revisión del sistema de activos de garantía del Eurosistema: segundo paso hacia la lista única

5 de agosto de 2004

En junio de 2003, el Banco Central Europeo (BCE) inició una consulta pública con el fin de recabar la opinión de los participantes en el mercado sobre las medidas para mejorar el sistema de activos de garantía del Eurosistema. Tras la favorable acogida que tuvo esta iniciativa, el Consejo de Gobierno del BCE aprobó la introducción gradual de una «lista única» en el sistema de activos de garantía del Eurosistema (véase la nota de prensa de 10 de mayo de 2004) con el fin de reemplazar el sistema actual de dos listas de activos de garantía. El BCE también anunció que, como primer paso, tenía previsto introducir en el sistema de activos de garantía una nueva categoría de activos no admitidos anteriormente (instrumentos de renta fija denominados en euros emitidos por entidades establecidas en países del Grupo de los Diez que no forman parte del Espacio Económico Europeo).

Como segundo paso, el Consejo de Gobierno ha aprobado, en principio, la inclusión en la lista única de los préstamos bancarios de todos los países de la zona del euro. Las modalidades y el calendario exactos de admisión de los préstamos bancarios se comunicarán a su debido tiempo, una vez que se hayan resuelto las cuestiones pendientes relativas a su implantación.

El Consejo de Gobierno también ha decidido incluir en la lista única instrumentos no negociables de renta fija con garantía hipotecaria emitidos al por menor, que actualmente sólo comprenden los pagarés hipotecarios irlandeses.

Por último, el Consejo de Gobierno también ha acordado que las acciones, que actualmente están admitidas como activos de garantía de la lista «dos» en España, Países Bajos y Portugal, no se incluyan en la lista única. Por consiguiente, estos activos se eliminarán gradualmente de la lista con arreglo a un calendario concreto que se comunicará en su momento.

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